La medidas de desconfinamiento permiten mayor movilidad y la reapertura de instalaciones y servicios con restricciones
La orden que flexibiliza las actividades permitidas en la fase 1 de la desescalada de las medidas de confinamiento por el coronavirus permite una mayor movilidad a los ciudadanos y determina la reapertura de numerosas instalaciones y servicios aunque con restricciones.
Las principales medidas de la orden, publicada el pasado sábado en el BOE y recogidas además en una guía publicada por el Ejecutivo, de aplicación a partir del lunes 18 en la Comunitat Valenciana son las siguientes:
POBLACIÓN AFECTADA
– Las medidas afectan a la población de los territorios que pasan a la fase 1, con la excepción de las personas que presenten síntomas, estén en aislamiento domiciliario o cuarentena por un diagnóstico por COVID-19 o ser contacto estrecho.
– Las personas vulnerables podrán hacer uso de las nuevas condiciones siempre que su condición clínica esté controlada y bajo rigurosas medidas de protección.
MEDIDAS LABORALES
– Siempre que sea posible, se fomentará la continuidad del teletrabajo. Para los que vayan a sus centros, se deberán adoptar las medidas necesarias para cumplir las medidas de higiene y/o prevención para los trabajadores.
– Garantizar disponibilidad de geles hidroalcohólicos, sustituir la huella en el fichaje por otro sistema o desinfectar el dispositivo y cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal asegurar equipos de protección adecuados al nivel de riesgo.
-Si hay síntomas, colocar al trabajador mascarilla y contactar con el teléfono habilitado o centro de salud, debiendo abandonar su puesto de trabajo hasta que su situación médica sea valorada por un profesional sanitario.
– Ajustes horarios en entradas y salidas para evitar concentraciones.
MEDIDAS SOCIALES
– Circulación de grupos máximo de 10 personas en la misma provincia, respetando la distancia de dos metros e higiene de manos.
– Velatorios con un máximo de 15 personas en espacios al aire libre o 10 personas en espacios cerrados
– Asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un tercio de su aforo
COMERCIO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS
– Apertura de locales con una superficie igual o inferior a 400 metros cuadrados, con un 30 % del aforo total, garantizando distancia mínima de dos metros entre clientes.
– Horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.
– Concesionarios de automoción, estaciones de ITV y los centros de jardinería y viveros de plantas podrán reabrir al público, preferentemente mediante la utilización de la cita previa.
– Se podrán abrir mercados al aire libre, con una limitación al 25 % de los puestos habituales y afluencia inferior a un tercio del aforo habitual.
HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN
– Terrazas al aire libre con el 50 % de las mesas, con una ocupación máxima será de 10 personas por mesa.
– Limpieza y desinfección entre un cliente y otro, mantelerías de un uso y dispensadores de geles.
– Se fomentará el pago con tarjeta y se evitará el uso de cartas de menú.
SERVICIOS SOCIALES
– Apertura de todos los centros recogidos en el Catálogo de Referencia de Servicios Sociales, para atender de manera presencial a aquellos ciudadanos que lo necesiten, especialmente servicios de terapia, rehabilitación, atención temprana y atención diurna para personas con discapacidad y/o en situación de dependencia.
EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
– Apertura de colegios y universidades para su desinfección, acondicionamiento y funciones administrativas .
– Los lugares de atención al público dispondrán de medidas de separación entre los trabajadores de los centros educativos y los usuarios.
– Apertura de los laboratorios universitarios y entidades vinculadas a actividades de investigación científica y técnica, desarrollo e innovación en todos los campos de la economía y de la sociedad.
– Congresos y eventos con un máximo de 30 asistentes y manteniendo la distancia física de dos metros.
– Se podrán reabrir las bibliotecas públicas y privadas para préstamo y devolución, así como lectura en sala con aforo del 30 %, pero no el uso de ordenadores.
– Apertura de locales para actos y espectáculos culturales, que no podrán reunir en lugares cerrados más de 30 personas y, al aire libre más de 200 personas
– Reapertura de los Centros de Alto Rendimiento y de deportivos para la práctica individual y el entrenamiento medio en ligas profesionales.
– Se podrán volver a realizar actividades de turismo activo y de naturaleza en grupos de hasta 10 personas
HOTELES Y ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS
– Servicio de restauración solo para los clientes, no estará permitida la utilización de piscinas o gimnasios.
– Uso de ascensores o montacargas al mínimo imprescindible y la ocupación máxima de una persona.
– En la recepción separación de dos metros entre trabajadores y clientes.
MEDIDAS DE HIGIENE DE LOS ESTABLECIMIENTOS
– Limpieza y desinfección de las instalaciones al menos dos veces al día y de los puestos de trabajo tras cambio de turno.
– La distancia entre vendedor y cliente será de al menos un metro cuando se cuente con elementos de protección o barrera, o de dos metros sin estos elementos.
– En el caso de servicios que no permitan el mantenimiento de la distancia, como peluquerías, centros de estética o fisioterapia, se deberá utilizar el equipo de protección adecuado al nivel de riesgo.
– Probadores ocupados por una persona y desinfección tras su uso