Tras la inadmisión del recurso ante el Tribunal Supremo
El Ayuntamiento de Benaguasil mantiene que, a pesar de que el Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación presentado contra la sentencia del TSJ que le condena a devolver 3,5 millones de euros más los intereses de demora a la empresa del fallido PAI del Molí Nou, el consistorio “no deberá pagar ninguna cantidad”.
Tras la información publicada ayer sobre la decisión del Supremo, el Ayuntamiento de Benaguasil ha emitido hoy un comunicado en el que manifiesta que el Supremo no ha condenado al Ayuntamiento. “No existe ninguna sentencia de este organismo jurisdiccional que condene al Ayuntamiento, lo que si ha ocurrido es que por razones técnicas del propio tribunal no se ha admitido a trámite. Pero el planteamiento del equipo jurídico municipal es el de que tiene que interponerse el citado recurso al ser necesario este paso para pedir la nulidad de actuaciones ante el TSJ”.
En este sentido, mantiene que”queda claro que el Ayuntamiento todavía no ha terminado con este procedimiento jurídico”.
Asismismo, insiste en que la inadmisión del recurso ante el Supremo “no significa que el Ayuntamiento deba de pagar ninguna cantidad, puesto que al existir una doble reclamación entre el Ayuntamiento y la empresa urbanizadora, en la que el Ayuntamiento establece en 40 millones de euros lo que le adeuda la empresa, y ésta reclama en 3,5 millones de euros la devolución de la cantidad entregada en 2007, se procederá a la compensación de la reclamación”.
Con todo ello, reiteran fuentes municipales “aunque haya sido inadmitido el recurso, el Ayuntamiento no deberá pagar ninguna cantidad a la empresa del PAI”.