Bares, restaurantes y hoteles pagarán un 25% menos al Consorcio por los residuos

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El CVI rebaja la tasa de los establecimientos que cesaron su actividad en el confinamiento por el covid

La Asamblea del Consorcio Valencia Interior (CVI) celebrada hoy en la planta de Llíria ha acordado aprobar la modificación de la ordenanza reguladora de la tasa de servicios ambientales, mediante la cual se ha incluido una disposición transitoria para ajustar los importes a los establecimientos que han tenido que cerrar o disminuir su actividad durante el confinamiento por la crisis del Covid-19.

Los bares, restaurantes, hoteles y hostales pagarán un 25% menos que este año dado que han estado cerrados tres meses y han generado menos residuos. Los centros de enseñanza, las instalaciones deportivas, los campamentos y las discotecas pagarán un 50% menos dado que la disminución en la generación de residuos ha sido más acusada que en el resto de establecimientos al estar sin actividad más tiempo.

Antes del verano el Consorcio decidió retrasar a octubre el periodo de cobro de la anualidad en curso y facilitar la solicitud de aplazamientos pensando en los vecinos y empresas en dificultades por la pandemia.

Durante la sesión se aprobó también la actualización de la ordenanza de servicios adicionales para los municipios del consorcio entre los que se ofertan el refuerzo de la recogida separada de los envases ligeros y el papel cartón, mediante el aumento de los contenedores o la frecuencia de recogida.

Con ello se pretende dar solución a la demanda de los ayuntamientos que solicitaban un aumento en la prestación de servicios de recogida selectiva de residuos, dado que se ha detectado que tal como estaba planteado era insuficiente y, por lo tanto, es necesaria una mayor cobertura y un incremento en la frecuencia de recogida por parte de la adjudicataria. Se pretende así evitar los desbordes y prestar un servicio de calidad adecuado a las cantidades de residuos de este tipo aportadas en cada localidad.

También se ofrece un refuerzo en el servicio de recogida de voluminosos en Puntos de Recogida de Voluminosos creando nuevos espacios destinados al efecto o aumentando la frecuencia de recogida, la retirada y gestión puntual de restos voluminosos acumulados o la prestación del servicio adicional de contendores para residuos voluminosos o para residuos de construcción y demolición. Con esta ordenanza se regula también la posibilidad de que los ayuntamientos elijan el modo de pago de estos servicios adicionales: repercutirlo a través de la tasa de tratamiento o mediante autoliquidación.

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