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Las claves del nuevo estado de alarma: lo que se podrá o no hacer

mascarilla
FOT: FRAN MARTÍNEZ.

El Gobierno pretende alargarlo hasta el 9 de mayo

El segundo estado de alarma decretado en España en lo que va de año para hacer frente a la nueva ola de la pandemia del covid-19 recoge una serie de medidas menos duras que el primer confinamiento general, como limitaciones a la movilidad nocturna o del número de participantes de las reuniones sociales.

El objetivo del nuevo decreto aprobado por el Consejo de Ministros hoy es el mismo que el de marzo, parar al coronavirus, pero la situación es bien diferente a la de entonces, según han recordado fuentes del Gobierno, que confían en que en esta ocasión no sea necesario volver a un confinamiento total de la población.

La norma de hoy declara el estado de alarma, el tercero en democracia, para todo el país, pero en esta ocasión son los presidentes de las comunidades autónomas las autoridades competentes delegadas para aplicar sus propias medidas.

Aunque siempre deberán hacerlo en el marco de las normas recogidas en el documento “Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19”, aprobado en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (SNS) el pasado jueves, que dibujaba un sistema de semáforo para delimitar el nivel de riesgo de cada comunidad en función de una serie de indicadores que marcan una serie de medidas específicas a aplicar en cada uno de ellos.

Restricciones a la movilidad nocturna

El decreto aprobado hoy obliga a todas comunidades autónomas, menos a Canarias, a fijar restricciones a la movilidad nocturna entre las 23 y las 6 horas, aunque pueden mover una hora tanto el comienzo de esa franja horaria, bien a las 22 horas o a las 00.00 horas, como su final, bien a las 5 horas o a las 7 horas.

Esta limitación deambulatoria nocturna se prolongará los próximos 15 días, hasta el 9 de noviembre, cuando los presidentes autonómicos serán los que decidan si la mantienen o no según sea la situación de la pandemia en su territorio.

La intención del Gobierno es que la situación de alarma se prolongue hasta el 9 de mayo de 2021, para lo cual solicitará una única prórroga de seis meses en los que las autonomías irán diseñando sus medidas para atajar esta segunda ola de la pandemia.

Será precisamente en esa prórroga que piensa llevar al Congreso de los Diputados esta semana en la que dejará en manos de los presidentes autonómicos la facultad de activar o desactivar el toque de queda.

Movilidad entre comunidades

En este nuevo estado de alarma, las comunidades autónomas tienen la potestad de definir, si así lo estiman oportuno, las áreas a confinar, que pueden ir desde todo su territorio a zonas menores como ciudades o barrios, y también zonas básicas de salud.

De esas áreas está prohibido entrar o salir, salvo por causas de fuerza mayor como ir al trabajo, al médico o a cuidar a personas enfermas o dependientes, entre otras, con lo que no estaría permitido desplazarse por otros motivos más relacionados con el ocio, incluyendo las reuniones familiares.

Aunque si una región decidiese su confinamiento total, ello no impediría que alguien de una autonomía no afectada pueda atravesarla para dirigirse a su destino.

Limitación a 6 personas en reuniones sociales

Con carácter general, el decreto establece la prohibición de superar el máximo de seis personas en las reuniones sociales; en este punto, las comunidades también tienen flexibilidad para modificar la cifra, pero siempre a la baja.

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