Se aprueban las bases de las Ayudas Paréntesis en Marines

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El Ayuntamiento de Marines ha aprobado las bases de las Ayudas Paréntesis, una línea de ayudas directas dentro del Plan Resistir de la Generalitat Valenciana para los autónomos y microempresas del municipio. Este programa de ayudas directas se concede a fin de contribuir al sostenimiento de los gastos corrientes de estos comercios o negocios, en un momento en que las restricciones por la COVID-19 les han llevado a una situación de carencia o disminución de ingresos.

Las ayudas Paréntesis pretenden evitar en lo posible consecuencias irreversibles para la economía y desarrollo empresarial y comercial del municipio. Además, estas ayudas son compatibles con otras que conceda la Generalitat Valenciana.

El importe total de las ayudas asciende a 39.319,00 euros, financiados en un 15 % con cargo al Presupuesto General Municipal para el ejercicio 2021, y el resto con la aportación de un 62,5% realizada por la Generalitat y por la Diputación Provincial de Valencia en el 22,5 % restante.

“Son momentos difíciles por la situación de la pandemia, por lo que además de responder a nivel sanitario tenemos que dar cobertura a las empresas y autónomos que más están sufriendo. Las tres administraciones públicas hemos hecho un esfuerzo conjunto para ayudar a aliviar un poco la situación económica y financiera de los sectores más afectados por la COVID-19”, ha explicado la alcaldesa de Marines, Lola Celda.

Para poder optar a estas ayudas es necesario cumplir una serie de requisitos, entre ellos, que la actividad económica sea desarrollada por un autónomo o una microempresa que no tengan más de 10 trabajadores en su plantilla; que los empleados estén dados de alta en el régimen de la Seguridad Social o en la mutua profesional correspondiente así como en la Agencia Estatal de Administración Tributaria a fecha 31 de diciembre de 2020; que figuren de alta en la matrícula municipal del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) de Marines a fecha 31/12/2020 en uno o varios de los epígrafes a los que se refiere el Anexo I de la convocatoria (se podrá consultar toda la información en la página web www.marines.es). 

Además, los beneficiaros deben figurar en el listado de exentos del IAE del municipio por aplicación de los requisitos legales vigentes para ello, siempre que figuren de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores. También es necesario que la actividad se ejerza en el término municipal de Marines, y en caso de no tener local afecto a la actividad, que el domicilio fiscal se encuentre en el término municipal de Marines a fecha 31 de diciembre de 2020.

Cuantía

El tope máximo por autónomo o microempresa con un máximo de 10 trabajadores será de 2.000 euros. En los casos en que existan dos autónomos por un mismo negocio, únicamente se contabilizará uno de ellos, entendiendo que el segundo es colaborador. 

Esta cantidad se incrementará en 200 euros por trabajador afiliado y de alta en la Seguridad Social de dichas microempresas y autónomos, a fecha 31 de diciembre de 2020. Este importe también podrá ser aplicado al autónomo colaborador, al que se ha hecho referencia en el apartado anterior, siempre que se cumpla con los requisitos para ello. En ningún caso el importe de las ayudas podrá ser superior al importe de los gastos justificados por los beneficiarios.

Se podrán justificar, siempre mediante factura, gastos de arrendamiento del local comercial, las compras de mercancías y aprovisionamientos, gastos en suministros de energía eléctrica, agua, gas y comunicaciones; gastos de reparaciones y conservación, piezas, recambios y consumibles de oficina, servicios de profesionales independientes; gastos de personal en sueldos, salarios y cuotas a la seguridad social del empresario individual o las cuotas a cargo de la empresa (cuota patronal); gastos de intereses de hipotecas vinculadas al establecimiento comercial y otros gastos corrientes vinculados a la actividad.

La participación en el presente Plan de ayudas por parte de los beneficiarios requerirá la presentación del modelo normalizado de solicitud de ayuda (disponible para su descarga en www.marines.es) en el plazo de 10 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (BOP). 

La solicitud de la subvención se presentará preferiblemente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Marines o de forma presencial con cita previa que se solicitará telefónicamente.

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